jueves, 10 de noviembre de 2016

CONTINGENCIAS, COMPROMISOS E INCERTIDUMBRES DE AUDITORIA



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Contingencias, compromisos e incertidumbres


Contingencia:
Es la probabilidad de que suceda o no suceda. Se considera contingencia a aquellos hechos, situaciones o conjunto de circunstancias posibles que, al materializarse en un hecho real, pueden tener incidencia significativa, la que puede influir de forma positiva o negativa, en el patrimonio o a la cuenta de resultados.
Son situaciones conocidas, en suspenso, que mediante la realización de un evento o suceso futuro incierto pueden convertirse en realidad y llegar a afectar los activos, pasivos, y resultados de una empresa.
Su característica más importante es la incertidumbre o riesgo inherente. Se denomina contingencia a una situación o conjunto de circunstancias que involucran cierto grado de incertidumbre, y que puede resaltar a través de la consumación de un hecho, en la adquisición o pérdida de un activo en el origen de cancelación de un pasivo que generalmente trae como consecuencia una utilidad o una perdida.

Contingencias y compromisos Se denominan también pasivos contingentes y está constituido por las obligaciones que están sujetas a la realización de un hecho, que pueden desaparecer o convertirse en pasivos reales.
Objetivos
1. Determinar que todas las contingencias importantes estén incorporadas o reveladas adecuadamente en los estados financieros.
2. Determinar el grado de certeza o posibilidad que la contingencia se realice.
3. Cuantificar su importancia e impacto probable en los estados financieros.
4. Verificar, en su caso, que se haya construido la correspondiente con alto grado de realización.
Procedimientos de Auditoría para contingencias:
1. Investigación con la administración. Pueden hacerse entrevistas con la administración, con el fin de que esta revele posibles contingencias. Debe tenerse presente que este procedimiento no funciona si la administración está ocultando deliberadamente las contingencias.
2. Revisión de declaraciones de impuestos. Si se descubre que los impuestos están mal calculados, existe la contingencia de que la Dirección General de la Tributación Directa revise y entonces, la empresa deberá pagar la diferencia en los impuestos, los intereses y las multas correspondientes.
 3. Revisión de correspondencia, actas de Junta Directiva y otra documentación. Esto se hace con el fin de descubrir rastros sobre posibles contingencias.
 4. Revisión de pagos por honorarios legales. Se debe determinar la causa de los mismos, con el fin de descubrir posibles contingencias.
 5. Revisión de gravámenes y anotaciones en los activos de la empresa susceptible a inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
6. Obtención de cartas de abogado.
 7. Revisión de los movimientos de la cuenta Documentos por Cobrar, para determinar cualquier posible descuento de documentos. Compromisos: La empresa puede haber adquirido un compromiso con un proveedor.
Control Interno
Los aspectos del control interno relacionados con las contingencias pueden reducirse a un solo aspecto: que exista comunicación oportuna y efectiva, a contabilidad, de todos los actos y decisiones de la Dirección, el Consejo de la Administración y la Asamblea de accionistas, para el registro oportuno y adecuado para ellos que provoquen operaciones contingentes.
Se mencionan algunos ejemplos como:
a.    Juicios.
b.    Reclamaciones con terceros en relación con productos que se le vendieron.
c.    Garantías “por servicio de productividad”
d.    Avales.
e.    Jubilaciones.
f.     Indemnizaciones



Incertidumbre
Se entiende por incertidumbre una situación en la cual no se conoce completamente la probabilidad de que ocurra un determinado evento.
La existencia de incertidumbre hace que no pueda conocerse de antemano el resultado de una Acción o que, en otras palabras, pueda suceder algo diferente a lo esperado.
La característica más importante de las contingencias es la incertidumbre, porque en virtud de ella podría ser:
a) Que no se realizaran nunca, lo que impide que se puedan registrarse en libros, pero por la otra parte:
b) Subsiste la posibilidad de que se realicen, lo cual obliga a que la información financiera las contemple de alguna manera.
Cuando la incertidumbre desaparece y se manifiesta la realidad,
1er. Caso:
a)    Cuando no afecto la empresa deja de ser contingencia y desparece.
2do. Caso:
b)    Cuando si afecto la empresa, se materializa en un gasto o producto, es cuantificable, tiene fecha de vencimiento y debe registrarse. En ambos casos la contingencia desaparece, pero en el segundo caso se convierte según NIF, cuando la contingencia puede producir un gasto se le llama pasivo contingente, y cuando puede producir un beneficio económico se le llama Activo contingente. No obstante, se acostumbra relacionar ambas en el balance general, como último rubro del pasivo.



Se mencionan algunos ejemplos como:
a.    Juicios.
b.    Reclamaciones con terceros en relación con productos que se le vendieron.
c.    Garantías “por servicio de productividad”
d.    Avales.
e.    Jubilaciones.
f.     Indemnizaciones

Compromisos:
La empresa puede haber adquirido un compromiso con un proveedor de comprarle materia prima o producto terminado durante determinado plazo a un precio previamente establecido. Esta misma situación se podría presentar en caso de ventas. Ejemplo construcciones de puentes y carreteras, el Ministerio de Transportes pacta el ajuste por inflación. De otra forma, sería sumamente difícil que una compañía corriera el riesgo de construir una de estas obras a precio fijo. Cuando se firma un contrato de compromiso, se considera que el mismo es satisfactorio para ambas partes. Sin embargo, como se comprobó en el ejemplo anterior, las circunstancias pueden variar. Este compromiso debe ser revelados en los estados financieros por medio de notas a los mismos.
   Es una obligación evidenciada que por medio de un documento u orden de compra firmada con una tercera persona:

1.     Cartas de crédito otorgadas
2.     Contratos de arrendamiento a Largo Plazo
3.     Activos dados en garantía de préstamos

Aunque estas situaciones pueden tornarse en contingencias no deben describirse así, hasta que el evento ocurra, por lo mientras serán solo compromisos adquiridos.

La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 560, “Hechos posteriores al cierre”,
Hechos posteriores al cierre
1 Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros. Muchos marcos de información financiera se refieren específicamente a tales hechos. Dichos marcos de información financiera suelen identificar dos tipos de hechos:
(a) aquellos que proporcionan evidencia sobre condiciones que existían en la fecha de los estados financieros; y
(b) aquellos que proporcionan evidencia sobre condiciones que surgieron después de la fecha de los estados financieros. La NIA 700 explica que la fecha del informe de auditoría informa al lector de que el auditor ha considerado el efecto de los hechos y de las transacciones ocurridos hasta dicha fecha de los que el

A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación:
(a)  Fecha de los estados financieros: fecha de cierre del último periodo cubierto por los estados financieros. A efectos de esta definición, debe entenderse tanto la fecha de cierre de las cuentas anuales como, en su caso, la fecha de finalización del periodo cubierto por estados financieros intermedios.

(b)  Fecha de aprobación de los estados financieros: fecha en la que se han preparado todos los documentos comprendidos en los estados financieros, incluyendo las notas explicativas, y en la que las personas con autoridad reconocida han manifestado que asumen la responsabilidad sobre ellos. (Ref.: Apartado A2) (c) A efectos de esta definición, de acuerdo con la normativa mercantil en vigor en España se considerará como fecha de aprobación la fecha de formulación de las cuentas anuales realizada por los administradores de la sociedad o por quienes, de acuerdo con la normativa aplicable a la entidad en particular, tengan atribuidas las competencias para su formulación, suscripción o emisión.

(c)   Fecha del informe de auditoría: fecha puesta por el auditor al informe sobre los estados financieros de conformidad con la NIA 700. (Ref.: Apartado A3). A efectos de esta definición, debe tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 3.1.e) del TRLAC y en su normativa de desarrollo.

(d)  Fecha de publicación de los estados financieros: fecha en la que los estados financieros auditados y el informe de auditoría se ponen a disposición de terceros. (Ref.: Apartados A4-A5) A efectos de la aplicación de lo establecido en esta Norma, se considera como fecha de publicación la primera fecha en la que se ponen los estados financieros y el informe de auditoría a disposición de terceros, pudiendo entenderse como tal fecha: la de publicación en los registros públicos oficiales, en la página web de los organismos supervisores o de la propia entidad, o, en su defecto, la de entrega del informe de auditoría.

(e)  Hechos posteriores al cierre: hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría, así como hechos que llegan a conocimiento del auditor después de la fecha del informe de auditoría.
(e)
Norma Internacional de Auditoria 240 Responsabilidad del Auditor en la Auditoria de Estados Financieros con Respecto al Fraude.
Definiciones
A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación: 4 NIA 200, apartado A51. 5
(a) Fraude: un acto intencionado realizado por una o más personas de la dirección, los responsables del gobierno de la entidad, los empleados o terceros, que conlleve la utilización del engaño con el fin de conseguir una ventaja injusta o ilegal.
(b) Factores de riesgo de fraude: hechos o circunstancias que indiquen la existencia de un incentivo o elemento de presión para cometer fraude o que proporcionen una oportunidad para cometerlo.
Requerimientos Escepticismo profesional. De conformidad con la NIA 200, el auditor mantendrá una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría, reconociendo que, a pesar de su experiencia previa sobre la honestidad e integridad de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad, es posible que exista una incorrección material debida a fraude. (Ref.: Apartados A7- A8). Salvo que tenga motivos para creer lo contrario, el auditor puede aceptar que los registros y los documentos son auténticos. Si las condiciones identificadas durante la realización de la auditoría llevan al auditor a considerar que un documento podría no ser auténtico, o que los términos de un documento se han modificado, pero este hecho no se ha revelado al auditor, éste llevará a cabo investigaciones detalladas. (Ref.: Apartado A9). Cuando las respuestas a las indagaciones ante la dirección o ante los responsables del gobierno de la entidad sean incongruentes, el auditor investigará dichas incongruencias.

NIC 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes
Prescribe la contabilización y la información financiera a suministrar cuando se haya dotado una provisión, o bien cuando existan activos y pasivos de carácter contingente, exceptuando los siguientes:
Aquéllos que se deriven de los instrumentos financieros que se contabilicen según su valor razonable;
Aquéllos que se deriven de los contratos pendientes de ejecución, salvo si el contrato es de carácter oneroso y se prevén pérdidas. Los contratos pendientes de ejecución son aquéllos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien aquéllos en los que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus compromisos;
Aquéllos que aparecen en las compañías de seguros, derivados de las pólizas de los asegurados; o 
Aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma Internacional de Contabilidad.

Provisiones: En la Norma se definen las provisiones como pasivos sobre los que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento. Se debe reconocer una provisión cuando, y sólo cuando, se dan las siguientes circunstancias:

·         La empresa tiene una obligación presente (de carácter legal o implícita por la entidad), como resultado de un suceso pasado;
·         Es probable (es decir, existe mayor posibilidad de que se presente que de lo contrario) que la empresa tenga que desprenderse de recursos que comporten beneficios económicos para cancelar la obligación; y
·         Además, puede estimarse de manera fiable el importe de la deuda correspondiente. En la Norma se hace notar que sólo en casos extremadamente raros no será posible la estimación de la cuantía de la deuda.
En la Norma se define una obligación implícita como aquélla obligación que se deriva de las actuaciones de la propia empresa, en la que:
Debido a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a políticas empresariales que son de dominio público o a una declaración real suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto ante terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades.
Las provisiones tienen como fin cubrir determinados gastos, pérdidas o deudas probables o ciertas, pero determinadas en cuanto a su importe o en cuanto a la fecha que se van a producir.
Ejemplo cuando la empresa ha sido objeto de una demanda judicial, puede no quedar claro si la misma tiene una obligación presente. En tales circunstancias, se considera que el suceso ocurrido en el pasado ha dado lugar a una obligación presente si, teniendo en cuenta toda la evidencia disponible en la fecha del balance, es mayor la probabilidad de que exista una obligación presente que de lo contrario. La empresa procederá a reconocer una provisión para cubrir tal obligación presente siempre que se cumplan el resto de las condiciones para su reconocimiento descritas en párrafos anteriores. Si hay menos probabilidad de que la obligación presente exista que de lo contrario, la empresa procederá a revelar la existencia de una obligación contingente, salvo en el caso de que sea remota la posibilidad de salida de recursos que incorporen beneficios económicos para cancelarla.
Las provisiones deben ser objeto de revisión en cada fecha del balance, y ajustadas consiguientemente para reflejar en cada momento la mejor estimación disponible. Cuando ya no sea probable que vayan a salir de la empresa recursos, que incorporen beneficios económicos, para satisfacer la obligación, la provisión debe ser objeto de reversión.  La provisión debe ser utilizada para cubrir únicamente los desembolsos para los que fue originalmente reconocida.
Provisiones de activo. Suponen la constatación contable disminución de valor en los elementos del activo. Su finalidad es disminuir el valor de los bienes y derechos que aparecen en el balance ya sea por haber disminuido el valor del precio del mercado por debajo del valor neto contabilizado, o bien porque existe una gran posibilidad de no cobrar el importe de los derechos.
Normas de información financiera: La norma requiere que el auditor se informe adecuadamente de las situaciones contingentes, que, de realizarse, podrían afectar, positiva o negativamente a la empresa, y que se registre, una provisión del pasivo.
Indica que los gastos deben registrarse cuando se conocen y justifican la provisión de un pasivo que, aun sin ser exigible formalmente por un suceso ya concluido. Si se trata de activos contingentes recomienda que no se registren los mismos hasta que se tenga el derecho de exigir el beneficio, en un monto y plazo preciso, contra el deudor plenamente identificado.

Objetivos
a.    Determinar que todas las contingencias importantes estén reveladas adecuadamente en los estados financieros.
b.    Determinar el grado de certeza o posibilidad de que la contingencia se realice.
c.    Cuantificar su importancia e impacto probable en los estados financieros.

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